Cuando pensamos en accidentes de resbalón y caída, por lo general pensamos en tiendas, negocios, restaurantes u otros lugares públicos. Sin embargo, es importante saber que este tipo de accidentes son igualmente posibles (y peligrosos) en propiedades residenciales. Y tal como sucede en un comercio, se puede hacer una demanda por lesiones personales contra el propietario.
Si te caíste y lastimaste en la casa de otra persona, los abogados de resbalones y caídas de Mi Abogado Mark pueden ayudarte. Tenemos la experiencia y el conocimiento legal, y sabemos ganar. Peleamos fieramente con las aseguranzas para obtener la máxima compensación para nuestros clientes.
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¿Cómo Se Demuestra la Responsabilidad de un Resbalón y Caída en una Casa?
A la hora de determinar la posibilidad de recibir compensación por las lesiones sufridas, es muy importante identificar las circunstancias que ocasionaron que te resbales y caigas. Los propietarios no están obligados a ser omniscientes ni a detectar de inmediato y corregir o advertir sobre cada peligro o riesgo en su propiedad. Simplemente porque alguien te hayas caído, no significa automáticamente que la responsabilidad del propietario.
Dicho esto, hay que señalar que se deben cumplir una de estas tres situaciones para demostrar que tu accidente fue responsabilidad del dueño de la casa:
- El propietario o arrendatario causó la condición peligrosa que provocó tu caída.
- Conocía el peligro pero no tomó medidas para corregirlo o advertir sobre ella.
- Debería haber conocido la condición peligrosa, ya que una persona “razonable” la habría descubierto y corregido en su lugar.
Además de esto, se debe demostrar que la víctima no fue negligente al resbalarse y caer. Si, por ejemplo, te caíste por estar distraído con el celular, aunque haya habido un peligro en la casa puede suceder que al hacer un reclamo se determine que tuviste parte de la culpa por el accidente.
En esos casos, lo que sucederá es que podrías hacer tu reclamo pero el mismo se verá reducido en tanto al porcentaje de responsabilidad que se te asigne. Esto es así gracias a la Ley de negligencia comparativa de California. Entonces, si por ejemplo tuviste el 10% de la culpa y tu arreglo final es de $10,000, se decontará ese 10%; o sea;
$10,000 – $1000 (10%) = Recibes $9000 total.
El Dueño de Casa es un Conocido/Amigo y No Lo Quiero Perjudicar. ¿Qué Hago?
Es importante recordar que los dueños de propiedades residenciales cuentan con seguros contra reclamos por resbalones y caídas. Algunas personas dudan en presentar reclamos para no perjudicar a sus conocidos o amigos. Por eso hay que entender que la compensación proviene de esos seguros: no del bolsillo del dueño de la casa.
La mayoría de los propietarios de casas poseen un seguro, especialmente aquellos que tienen una hipoteca, ya que es obligatorio tenerlo. La única forma de confirmar esto es preguntar directamente al propietario sobre de la existencia de ese seguro. Una vez que tengas esta información, es fundamental informar de inmediato su lesión a la compañía de seguros no sin antes haber hablado con tus abogados de resbalones y caidas.
Ten en cuenta que algunas compañías de seguros pueden cancelar la póliza de seguro de vivienda si se presenta un solo reclamo. En caso de que esto ocurra, podrías considerar emprender acciones legales contra el dueño de la casa para que el mismo te de la información necesaria para hacer tu reclamo.
Este último paso puede ser delicado; especialmente si la persona en cuestión es un familiar, amigo o conocido. En estos casos, deberás evaluar cuál es tu prioridad y tomar la decisión que consideres más conveniente.
Cómo Funcionan Los Seguros de Viviendas En Casos de Accidentes de Resbalón y Caída
El seguro de vivienda se compone de dos categorías de cobertura: la responsabilidad y los gastos médicos. La de gastos médicos implica el reembolso de una cantidad limitada de los costos de salud, independientemente de si el propietario actuó de manera negligente. Por lo general, esta cobertura oscila entre USD 5000 y USD 10,000, y solo es necesario enviar las facturas médicas al ajustador para su pago.
En cuanto a la cobertura de responsabilidad, es fundamental demostrar que el propietario actuó negligentemente y que esa negligencia fue la causa directa del accidente. Si por el contrario la causa fue generada por la propia persona que se cayó, el dueño de casa no sería considerado culpable, y por lo tanto la aseguradora no realizaría ningún pago en concepto de la cobertura de responsabilidad.
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